
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó el Reglamento de Tránsito para reducir los límites máximos de velocidad en zonas urbanas y en vías que cruzan centros poblados a nivel nacional, a fin reducir los accidentes de tránsito y proteger la vida de las personas.
De manera similar, se han modificado los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales. En zonas comerciales: 30 km/h, en zonas residenciales: 50 km/h y en zonas escolares/hospitales: 30 km/h. Pero, ¿desde cuándo rige esta disposición?
Lenin Checco Chauca, director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, informó que los nuevos límites de velocidad entrarán en vigencia este viernes 14 de enero.
Checco aclaró, sin embargo, que los municipios provinciales, distritales o metropolitano tienen plazo hasta el 17 de julio del este año para implementar la señalética respetiva en sus jurisdicciones, a fin de que la ciudadanía esté informada.

“La aplicación de la infracción rige a partir del 14 de enero. Pero hay un plazo hasta el 17 de julio para que las autoridades competentes implementen las señalizaciones en las zonas urbanas, de modo que, a partir del 18 de julio, se empiece a sancionar por no respetar los nuevos límites de velocidad, de acuerdo a la infracción M20, que es la infracción de velocidad”, explicó el funcionario en declaraciones a la agencia Andina.
En tal sentido, Checco sostuvo que los municipios que ya hayan implementado la señalización con los nuevos límites de velocidad en su zona de influencia, ya podrán empezar a sancionar a los conductores que violen esta nueva disposición de la norma de tránsito.
Añadió que los funcionarios municipales responsables del transporte urbano que no hayan adecuado sus normativas a los nuevos límites de velocidad hasta la fecha límite establecida estarán en falta.
“Los funcionarios municipales encargados de la gestión de la infraestructura vial, en caso no cumplan con las disposiciones del DS 025-2021-MTC, pueden ser sujetos de procedimientos disciplinarios a cargo de OCI correspondiente”, manifestó.
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