
Vigencia iniciará el 11 de diciembre próximo
El órgano regulador Osiptel aprobó hoy el uso del Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidos en el Procedimiento de Reclamos (en adelante SISDEN) para la presentación de denuncias ante incumplimientos de una empresa operadora.
Según la Resolución de Consejo Directivo N° 00284-2023-CD/OSIPTEL publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el sistema será de uso obligatorio para las empresas operadoras que cuentan con una cantidad mayor a 500,000 abonados a nivel nacional y para las empresas operadoras que cuentan con una cantidad menor o igual a 500,000 abonados a nivel nacional que se hubieran acogido al Sisden
Registro de denuncia
El usuario eventualmente perjudicado puede presentar directamente a través del SISDEN, ubicado en la página web institucional del Osiptel, una denuncia por el incumplimiento de la empresa operadora, o en una solución anticipada de reclamo, solución anticipada de recurso de apelación o silencio administrativo positivo.
Asimismo, la denuncia puede registrarse en el Sisden con el apoyo del personal del Osiptel.
Evaluación de la denuncia
El Osiptel recibe la denuncia presentada y evalúa los siguientes requisitos:
a) Que la denuncia se encuentre referida al incumplimiento de la empresa operadora, o en una solución anticipada de reclamo, solución anticipada de recurso de apelación o silencio administrativo positivo;
b) Que haya vencido el plazo para el cumplimiento del acto administrativo o decisión materia de la denuncia;
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c) Que la denuncia se encuentre acompañada de la constancia del acuerdo de la solución anticipada de reclamo, la constancia del acuerdo de la solución anticipada de recurso de apelación, la resolución de primera instancia cuya inejecución se denuncia o los documentos que acrediten la operación del silencio administrativo positivo, según corresponda.
En caso que la denuncia cumpla con los requisitos antes señalados, Osiptel asigna el código de denuncia respectivo; en caso contrario, deriva la comunicación del usuario para la respectiva orientación, según su naturaleza.
Obligaciones de las empresas operadoras
Las empresas operadoras que se encuentran dentro del alcance de la presente norma, tienen las siguientes obligaciones:
a) Acreditar a través del Sisden el cumplimiento de los actos administrativos y decisiones que han sido materia de denuncia.
En consecuencia, las empresas operadoras deben atender los requerimientos de información que reciben en dicho sistema en los plazos que el Osiptel le comunique, debiendo cargar en el Sisden la documentación que acredite el cumplimiento.
Asimismo, la denuncia puede registrarse en el Sisden con el apoyo del personal del Osiptel.
Evaluación de la denuncia
El Osiptel recibe la denuncia presentada y evalúa los siguientes requisitos:
a) Que la denuncia se encuentre referida al incumplimiento de la empresa operadora, o en una solución anticipada de reclamo, solución anticipada de recurso de apelación o silencio administrativo positivo;
b) Que haya vencido el plazo para el cumplimiento del acto administrativo o decisión materia de la denuncia;
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c) Que la denuncia se encuentre acompañada de la constancia del acuerdo de la solución anticipada de reclamo, la constancia del acuerdo de la solución anticipada de recurso de apelación, la resolución de primera instancia cuya inejecución se denuncia o los documentos que acrediten la operación del silencio administrativo positivo, según corresponda.
En caso que la denuncia cumpla con los requisitos antes señalados, Osiptel asigna el código de denuncia respectivo; en caso contrario, deriva la comunicación del usuario para la respectiva orientación, según su naturaleza.
Obligaciones de las empresas operadoras
Las empresas operadoras que se encuentran dentro del alcance de la presente norma, tienen las siguientes obligaciones:
a) Acreditar a través del Sisden el cumplimiento de los actos administrativos y decisiones que han sido materia de denuncia.
En consecuencia, las empresas operadoras deben atender los requerimientos de información que reciben en dicho sistema en los plazos que el Osiptel le comunique, debiendo cargar en el Sisden la documentación que acredite el cumplimiento.
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